Jurisconsultas Abogados gestiona el reconocimiento legal de la unión de hecho ante el Registro Civil del Tribunal Electoral o mediante proceso judicial cuando la pareja no está de acuerdo.
Cuando ambos convivientes están de acuerdo. Se presenta ante el Registro Civil del Tribunal Electoral con testigos que acrediten la convivencia. Es el proceso más rápido.
Cuando uno de los convivientes se niega a reconocer la unión o ha fallecido. Se inicia ante el Juzgado de Familia con pruebas de la convivencia.
Documentos de identidad vigentes de ambas personas que forman la unión de hecho.
Personas que conozcan la convivencia de la pareja y puedan declarar sobre su duración y carácter público.
Facturas, contratos de arrendamiento, fotografías, cuentas bancarias conjuntas u otros documentos que acrediten la vida en común.
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