Derecho laboral · Terminación

Preaviso en Panamá: cuándo se da y cuánto

📅 Actualizado: octubre 2026⏱ 5 min de lectura✍ Lic. José Góndola

El preaviso es el aviso anticipado de la terminación de la relación de trabajo. Esta guía explica cuándo debe darlo el trabajador y cuándo el empleador, según el Código de Trabajo (Decreto de Gabinete 252 de 1971, con sus reformas).

Lo esencial. El trabajador que termina la relación sin causa debe avisar con 15 días (2 meses si es técnico) y firmar con la autoridad de trabajo (art. 222). El empleador debe dar 30 días de preaviso o pagarlo cuando despide sin causa a trabajadores exceptuados por el art. 212, como los de menos de dos años de servicio.

Preaviso del trabajador que renuncia

El trabajador puede terminar la relación sin causa justificada mediante notificación escrita con quince días de anticipación, o dos meses si es técnico. La notificación debe firmarse con intervención de una autoridad administrativa de trabajo o delegado, o rectificarse ante ella (art. 222). Si no la da, queda obligado a pagar al empleador una semana de salarios, que puede deducirse de la prima de antigüedad.

Preaviso del empleador

En los despidos de trabajadores exceptuados de la estabilidad laboral (art. 212), el empleador debe pagar la indemnización del art. 225 y además notificar el despido con treinta días de anticipación o abonar la suma correspondiente al preaviso. El plazo corre desde el período de pago siguiente a la notificación. Quiénes son esos trabajadores: los de menos de dos años de servicios continuos, domésticos, aprendices, trabajadores de naves en servicio internacional y trabajadores de ciertas pequeñas empresas.

Preguntas frecuentes sobre el preaviso

¿Qué es el preaviso en Panamá?

Es el aviso anticipado con que una de las partes comunica la terminación de la relación de trabajo. En el Código de Trabajo aparece en dos situaciones: el trabajador que termina la relación sin causa justificada y el empleador que despide sin causa a trabajadores exceptuados por el art. 212.

¿Cuánto preaviso debe dar el trabajador que renuncia?

Quince días de anticipación, y dos meses si es trabajador técnico, mediante notificación escrita. La notificación debe firmarse con intervención de una autoridad administrativa de trabajo o delegado, o rectificarse ante ella, para poder invocarse después (art. 222). Si no da el aviso, debe pagar una semana de salarios, que puede deducirse de la prima de antigüedad.

¿Debe el empleador dar preaviso si me despide?

En el texto del Código que revisamos, el preaviso aparece para los trabajadores exceptuados de la estabilidad del art. 212 (menos de dos años de servicio, domésticos, aprendices y otros): el empleador debe notificar el despido con treinta días de anticipación o abonar la suma correspondiente al preaviso, además de la indemnización del art. 225. Para los demás, el despido requiere causa justificada y notificación escrita con la causa (arts. 211 y 214).

¿Cuándo empieza a contar el preaviso del art. 212?

El plazo de preaviso comienza a contarse a partir del período de pago siguiente a la notificación (art. 212).

¿Se paga la prima de antigüedad si renuncio sin preaviso?

Sí. La prima de antigüedad se paga a la terminación de todo contrato por tiempo indefinido, cualquiera que sea la causa; la semana de salarios por falta de aviso puede deducirse de ella (arts. 222 y 224).

¿Tengo que dar preaviso si renuncio por una causa justificada?

El art. 223 lista las causas por las cuales el trabajador puede terminar la relación con derecho a la indemnización por despido injustificado. Para su caso conviene revisar con un abogado cómo documentar la causa y cómo comunicar la terminación.

Si su empleador no cumplió, el tiempo para reclamar corre desde la separación. Revisamos su caso y los plazos.

Hablar con un abogado

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Información general basada en el Código de Trabajo (texto actualizado a 2026). Los contratos y convenciones colectivas pueden dar beneficios mayores y cada caso tiene sus plazos. No sustituye la revisión de su caso.